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Ayuntamientos
Consultor
                                 
Descripción de los principales tipos de seguros que son frecuentemente contratados por cualquier tipo de Ayuntamiento. La Contratación 
Glosario
          generalmente se realiza por concurso público, de acuerdo a un pliego de condiciones. 
Informes y vídeos
          SEGURO DE DAÑOS
Garantizar la protección sobre los bienes del Ayuntamiento, de forma que tanto los Inmuebles como el mobiliario, enseres, materias primas y 
Modalidades
          productos elaborados están cubiertos ante los principales riesgos de:
 - Incendio, explosión, gastos de peritos, bomberos, demolición, etc.
Necesidades
           - Riesgos extensivos: Inundación, fenómenos meteorológicos, impacto de vehículos, etc.
 - Daños por agua.
Trucos y consejos
           - Robo
 - Roturas
Enlaces
           - Avería de Maquinaria
            AUTOMÓVILES
            Disponer de un seguro obligatorio de circulación de los vehículos que compongan la flota del Ayuntamiento.
             
            RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL
            Garantizar los daños que pueden derivarse a terceros (tanto corporales como materiales por los elementos urbanos del municipio, así como derivado 
            de las actividades del personal en el desempeño de sus funciones para el Ayuntamiento.
             
            RESPONSABILIDAD CIVIL DE FESTEJOS POPULARES Y TAURINO
            Se cubre la Responsabilidad Civil del Organizador por daños a terceros que no sean participantes de forma activa en espectáculos  taurinos 
            (encierros, suelta de vaquillas y reses bravas, capeas y similares), y por la organización de festejos en general.
             
            RESPONSABILIDAD CIVIL DE CONCEJALES Y AUTORIDADES DEL AYUNTAMIENTO
            Contempla la cobertura de las reclamaciones que puedan sobrevenir a las autoridades del Ayuntamiento por terceros perjudicados que tengan su 
            origen en las actuaciones y decisiones que realicen estas personas en el desempeño de sus funciones como autoridades del Ayuntamiento.
             
            De no existir este seguro, y prosperar una reclamación estas personas deberán responder con su propio patrimonio. El seguro incluye otras 
            coberturas en la Defensa y constitución de Fianzas, así como gastos de reconstrucción de la imagen si se considera dañada por el desarrollo del 
            proceso.
             
            ACCIDENTES
            Es un seguro que ampara para las coberturas principalmente de Fallecimiento e Invalidez, de un Capital que garantiza la indemnización a las personas 
            designadas como beneficiarios del seguro o al propio empleado del Ayuntamiento por causa de Invalidez, si se origina alguna de las contingencias 
            cubiertas a consecuencia de un hecho accidental.
             
            La amplitud de las coberturas puede ser restringido a la actividad laboral o las 24 horas, por cualquier otro tipo de accidente al margen de la actividad 
            propia de las funciones a cargo del Ayuntamiento.
             
            SEGURO INTEGRAL
            Aglutina en el mismo contrato varios de los seguros que se pueden contratar de forma independiente, y en Ayuntamientos que no sean de gran  
            dimensión, permiten abaratar el coste del seguro al incluir en el mismo contrato diferentes coberturas. Cuando el Ayuntamiento es de gran tamaño 
            es más recomendable el constituir seguros específicos para cada tipo de riesgo, porque permite la mejor administración, y cuando surgen 
            modificaciones en alguno de los contratos
             
            OTROS SEGUROS: EXPOSICIONES Y CONTINGENCIAS
            Principalmente en Grandes Ayuntamientos pueden generarse a lo largo del año diferentes exposiciones que conlleven un seguro específico de 
            acuerdo a la duración de la exposición, al lugar donde se realice, y a los bienes objeto de la exposición. También puede ser frecuente el realizar un 
            seguro de Contingencias, para la realización y organización de espectáculos, tanto al aire libre como en recinto cerrado. 
             
            El seguro de Contingencias está previsto para cubrir los gastos que se originen al organizador por la no celebración del espectáculo principalmente 
            derivado de fenómenos metereológicos o por incomparecencia del artista o de los artistas participantes, por algún hecho accidental o por enfermedad .